miércoles, 5 de febrero de 2020

Así se convocará el tribunal de arbitramento que critica Vargas Lleras

El exministro dice que habrían añadido cláusula para agilizar respuesta jurídica en puente Pumarejo. 

Foto: Vanexa Romero 

En medio de las críticas esbozadas por el exvicepresidente Germán Vargas Lleras, a través de una columna publicada en EL TIEMPO, el director del Invías, Juan Esteban Gil, habló de la forma en que se convocará el tribunal de arbitramento que, según el líder del partido Cambio Radical, se incluyó en una cláusula modificatoria al contrato original con la firma Sacyr, constructora del puente Pumarejo.

Al decir de Vargas, dicho tribunal ‘agilizaría’ el trámite de las demandas al Estado presentadas por la constructora, con el argumento de sobrecostos, por los cuales, Sacyr tiene pretensiones que podrían sumar $ 200.000 millones. 

Gil señala que las cláusulas para establecer un tribunal de arbitramento, en proyectos con casos similares, ya se habían utilizado en el país. Los casos en que se han usado los tribunales arbitrales

- Han existido decisiones parecidas (en otros proyectos) a las que cuestiona el expresidente Vargas Lleras.
En años y administraciones anteriores ya se había incluido la cláusula compromisoria en contratos de alta envergadura del Invías, contratos que estaban en ejecución y que se modificaron para incluir dicha cláusula.

- ¿Podría mencionar algunos casos?

1. Contrato inicial No. 3460 del 24 de diciembre de 2008 Proyecto Cruce de la Cordillera
Central. El 9 de agosto de 2012, durante la ejecución del mismo, se firmó la
modificación al contrato para incluir cláusula arbitral (similar procedimiento).

Por efecto de dicha cláusula, el contratista presentó demanda arbitral el 12 de agosto de 2014 y en el marco de dicho tribunal se llegó a una conciliación con el contratista, la cual fue firmada el 27 de marzo de 2015.

2. Contrato inicial No. 1883 del 23 de diciembre de 2014 Proyecto Terminación del Túnel Piloto de la Línea. El 9 de diciembre de 2016 se firmó la modificación del mismo para incluir cláusula de tribunal, la cual inicialmente no estaba prevista.

Estas actuaciones, tanto el acuerdo de conciliación en el marco del tribunal de arbitramento del Túnel de la Línea y la inclusión de la cláusula compromisoria en el contrato 1883 de 2014, se desarrollaron cuando el columnista era Vicepresidente de la República.

- ¿En esos casos se ha probado que es útil el tribunal de arbitramento?

En estas ocasiones se utilizó la figura para defender los intereses del Estado, teniendo en cuenta que la figura del tribunal arbitral se caracteriza por tener ventajas en términos de tiempos, costos, transparencia, experticia e idoneidad. 

La misma literatura reconoce estas ventajas, ya que las partes eligen su tribunal, hay mayor conocimiento y experiencia por parte de los árbitros que dan mayor garantía de lograr una decisión justa, a menudo se llega a una decisión final más rápidamente porque el derecho a apelar un laudo es mucho más limitado que el derecho a apelar una decisión de un juez. La introducción de la cláusula

- ¿Cuál fue la razón por la cual se tomó esa decisión de introducir una cláusula “a
última hora” (previo a la inauguración del puente Pumarejo) si ya existía un
mecanismo de reclamación de la firma contratante de la obra?
A pesar de que se agotaron los mecanismos establecidos en el contrato, como es el arreglo directo para solucionar tales divergencias que en consideración del contratista merecían un reconocimiento económico, estas, a pesar de haber sido negadas en su momento, fueron revisadas nuevamente a solicitud del consorcio en el 2019. 

Analizadas estas solicitudes en mesas de trabajo por parte de esta administración con la participación y acompañamiento del contratista de obra y de la interventoría, en agosto de 2019, soportado en el pronunciamiento de la interventoría, el Invías rechaza todas las reclamaciones y se opone a su pago. 

Una vez culminadas las mesas de trabajo y emitido un pronunciamiento por parte de la entidad, el 30 de agosto de 2019, el contratista tan sólo hasta noviembre de 2019, solicitó por primera vez y formalmente, la inclusión de una cláusula compromisoria para resolver las mencionadas controversias ante un Tribunal Arbitral. 

En la medida en que son reclamaciones que vienen desde 2017, y que la administración no consideró procedente reconocerlas, se procedió a suscribir la modificación para incluir la cláusula arbitral. Como ya se dijo, esta es una práctica que el Invías ya había utilizado en el pasado, inclusive cuando el columnista era el Vicepresidente de la República, y que es una práctica reconocida internacionalmente para solucionar conflictos en contratos de este nivel de complejidad y envergadura. La convocatoria del tribunal de arbitramento

- ¿Quiénes participan en el Tribunal de Arbitramento?

En el evento que se convoque un Tribunal de Arbitramento dirimirá las reclamaciones presentadas por el consorcio contratista desde 2017 y rechazadas por el Invías. Esta decisión estará sometida al conocimiento de árbitros, quienes actúan en calidad de jueces especializados. En este proceso deben intervenir tanto el contratista como la entidad contratante, un agente del Ministerio Público, y como lo prevé la ley, también podrá participar la Agencia de Defensa Jurídica del Estado para mejor defender los intereses de la nación.


https://www.eltiempo.com/economia/sectores/invias-responde-a-critica-sobre-arbitramento-en-obra-del-puente-pumarejo-458670

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