jueves, 12 de marzo de 2020

Los 12 fallos que revelan los horrores de la violencia sexual




En enero de este año, la Fiscalía General recibió 3.348 denuncias por delitos sexuales, un 7,72 por ciento más que en el mismo mes del año pasado. Son en promedio 108 personas que, cada día, denunciaron esta violencia.

Y en todo el 2019, Medicina Legal practicó exámenes a 25.695 personas que sufrieron violencia sexual. Con esa cantidad de víctimas se podría llenar el estadio Alfonso López de Bucaramanga. Es el mismo número de personas que murieron en 1985 en la avalancha de Armero. Es una cifra grande y demoledora.

La mayoría de las víctimas de violencia sexual registradas el año pasado eran mujeres, ocho de cada diez. Y la mayoría, 19.189 casos, que representan el 74 por ciento, tenían menos de 15 años.

En los registros figuran 2.744 niños y niñas que estaban en la primera infancia y no habían llegado a su cuarto cumpleaños. Además están 6.200 niños y niñas que tenían entre 5 y 9 años, y 10.245 preadolescentes, entre los 10 y los 14 años, el grupo más afectado.

Medicina Legal sigue consolidando los datos del año pasado, por lo que incluso podrían ser mayores los afectados. Pero esas cifras preliminares, en todo caso, son un 15 por ciento más altas que las que había hace cinco años, cuando se registraron en total 22.155 víctimas, y un 39 por ciento mayores que las de hace 15 años.

A pesar de las campañas, las noticias que constantemente son publicadas en los medios de comunicación, el rechazo que generan en la opinión pública estos delitos, así como los proyectos que buscan penas y condenas más duras, estas cifras muestran que la violencia sexual sigue sin freno. Ninguna salida de política pública ni criminal ha podido contener hasta ahora un delito que se gesta en los mismos hogares.

"Una joven que, tras cumplir 14 años, comenzó a ser violada por su padre, actos que cesaron un año después, cuando la niña le contó a su mamá lo que venía sufriendo."


Según las cifras del 2019 de Medicina Legal, por lo menos 11.716 presuntos victimarios eran familiares. En la familia, los principales agresores son los padrastros (26 %), los padres (18 %), los tíos (16 %) y los primos (11,3 %). Además, 1.634 agresores eran la pareja o expareja de la víctima.

Al ser hechos que suceden dentro de las familias, la mayoría de los delitos, unos 19.044, que equivalen a siete de cada diez, se cometen en las viviendas.

Una pequeña pero significativa muestra de lo que se oculta detrás de esa violencia sexual se puede ver en 12 sentencias que, solo en lo que va del año, ha proferido la Corte Suprema de Justicia en fallos de casación. Estos son casos que llegaron al alto tribunal porque los victimarios no estuvieron de acuerdo con lo que decidió el anterior juez.

Esas 12 sentencias de la Sala Penal, conocidas por EL TIEMPO, exponen los horrores que las cifras no muestran a primera vista. También dejan en evidencia las dificultades que surgen a la hora de investigar y juzgar estos hechos, pues los victimarios siempre intentan desacreditar el testimonio de los afectados.

La última decisión de la Corte salió el pasado 29 de enero, cuando mantuvo una condena contra J. I. T. G. de 14 años de prisión.

Lo que hacía el hombre se descubrió en abril del 2010, cuando una mujer fue llamada por las directivas del colegio de la vereda en la que estudiaba su hija ya que la niña, que tenía 11 años,
había cambiado su temperamento y se había vuelto agresiva con sus compañeros.

Cuando la menor estuvo en una comisaría de familia con una psicóloga le contó que el hombre de 60 años abusaba de ella desde que tenía por lo menos 5 años.

El victimario tenía una panadería al lado del restaurante en el que trabajaba la madre de la niña. Muchos días, la mujer llevaba a su hija al restaurante, ya que no tenía con quién dejarla. En esas horas, la menor jugaba con las hijastras del panadero, quien aprovechaba esas oportunidades para tocarla y rozar su pene sobre la menor.





Dolorosos testimonios
Otro caso es el de una joven que, tras cumplir 14 años, comenzó a ser violada por su padre, actos que cesaron un año después, cuando la niña le contó a su mamá lo que venía sufriendo. En el 2018, el padre de la niña fue capturado por acceso carnal violento e incesto, por lo que recibió una pena de 20 años de cárcel.
Otro de los fallos documenta lo que sucedió el 25 de mayo del 2014, cuando una mujer sorprendió a su primo subiéndose la ropa interior frente a su hijo, de 6 años.

El niño había ido minutos antes a la casa del primo para pedirle que le regalara una bolsa para la basura. Pero el hombre lo llevó a un cuarto, en donde abusó sexualmente de él. Cuando la madre le preguntó qué había pasado, el niño le contó que le había introducido su pene, usando una crema blanca.

El primo, quien nunca aceptó los cargos, fue condenado a 16 años en el 2018.

En Medellín, una niña de 10 años fue abusada por su cuñado en el 2011. Cuando su hermana salía a la calle a trabajar en ventas ambulantes, la menor quedaba sola con el compañero de su hermana.

El hombre, de 29 años, esperaba esos momentos para violarla. Solo dos años después, la niña pudo contarle a su hermana lo que había hecho su esposo, por lo que ella acudió hasta la Fiscalía y lo denunció. El pasado 22 de enero, la Corte confirmó su condena de 16 años de prisión por acceso carnal violento agravado.

Aunque para la mayoría de las víctimas el agresor está en su familia, en muchos otros casos se trata de vecinos o desconocidos que acechan en espacios públicos.

Un conocido fue el que abusó de una niña de 5 años, el 29 de marzo del 2015, en un carro. Cuando su tía conducía el vehículo, el hombre se ofreció a cargar a la niña en sus piernas. En todo el trayecto, el hombre tocó las partes íntimas de la pequeña, quien le contó horas después a su madre lo que vivió. La niña fue llevada a un centro médico en donde fue valorada.
Solo hasta el 7 de junio del 2018, el hombre fue condenado a 9 años por actos sexuales abusivos con menores, pena ratificada hace dos semanas por la Corte.

También fue un conocido el que abusó de una niña de 8 años cuando, en octubre del 2009, visitaba su casa para jugar con sus hijos, caso que también estudió la Corte, condenando a 10 años al victimario por actos sexuales con niños.

Y el 2 de octubre del 2013, cuando una niña de 6 años estaba en el parque con su amiguita de 7, un hombre les mostró su pene y luego le tocó la vagina a una de las niñas. Aprovechando que tenía un cultivo de arracacha en el predio donde vivían las menores, esperaba a que estuvieran solas para abusar de ellas.

Por estos hechos, la Corte confirmó una condena de 10 años por actos sexuales con menor de 14 años.



Lo mismo ocurrió con un niño de 12 años que fue agredido por un desconocido cuando se encontraba en el baño de la ludoteca de un centro de salud ambulatorio. El hombre tocó las partes íntimas del niño, por lo que fue condenado a 9 años de prisión por actos sexuales con menor de 14 años, condena confirmada por la Corte.

Aunque la mayoría de victimarios son hombres (82 por ciento), también hay mujeres que cometen estos delitos, o los promueven.

Es el caso de una mujer cuyo hijo asistía a clases de teatro. Allí conoció a una niña de 10 años, compañera de su hijo, a quien comenzó a llevar a la casa del instructor de teatro.

A cambio de prácticas sexuales, el hombre le daba a la niña entre 20.000 y 50.000 pesos, de los cuales ella debía darle una parte a la mujer que la llevaba. Por estos hechos, la Corte confirmó la condena contra la proxeneta a 10 años de cárcel por inducción a la prostitución, mientras que el abusador paga una pena de 12 años por acceso carnal.

La Corte también ha recibido casos de mujeres adultas que son víctimas de violencia sexual. Le ocurrió a una mujer que en el 2014 fue violada por Fabio Barrera Castiblanco, después de que la obligó a ingresar al humedal Juan Amarillo, en Bogotá.

Dos horas antes, la víctima había conocido a Barrera, quien le dijo que había evitado que un hombre la robara cuando ella estaba distraída viendo su celular. Después de conocerse fueron a una cafetería, pero luego el hombre la amenazó, la llevó al humedal y la violó hasta que, por los gritos, huyó. El pasado 29 de enero, la Corte confirmó la condena en su contra de 14 años.

La Corte también conoció el caso de una mujer en el 2012, en Popayán. Cuando se encontraba ebrio, Élver Yonny Vivas Idrobo irrumpió en su casa, empujó a la mujer hasta un cuarto y la violó. Durante los hechos, la mujer logró soltarse de su agresor y corrió hasta la casa de unos vecinos, que le prestaron ropa y llamaron a la Policía. En el 2018 lo condenaron a 12 años de cárcel.

Todos estos casos definidos por la Corte tienen algo en común: en todas las casaciones los victimarios intentaron desacreditar a las víctimas. Pero la firmeza del testimonio de la víctima, las pruebas de psicólogos, médicos, peritos y los testigos llevaron a que la Corte Suprema no les diera la razón a los agresores y mantuviera las condenas en un delito que cada año crece, pero en el que la justicia sigue llegando con cuentagotas.

Hay vacíos de procedimiento para juzgar la violencia sexual

En enero de este año, la Corte Constitucional se encontró con una tutela sui géneris.

En el recurso judicial, un hombre aseguraba que él había sido acusado de actos sexuales con su hija –de quien tiene su patria potestad– pero que, con el fin de proteger los derechos a la intimidad, el buen nombre y la honra de la niña, pedía que no fuera llevada ante un juez para ser interrogada por hechos por los que ya se le había preguntado antes. Según el padre, esto podía revictimizarla.

Al resolver la tutela, la Corte no le dio la razón porque dijo que en este caso el mismo representante de la víctima, es decir, de la niña, afirmó que sería muy grave que la menor no pudiera declarar.

La Corte dijo también que, según el Código de Infancia y la ley 1652 de 2013, aunque preferiblemente los niños deberían ser entrevistados una sola vez , no está prohibido que en el juicio vuelvan a ser llamados, ni esto por sí solo significa una revictimización, pues se trata “de una práctica condicionada, pero no prohibida”.

Esas entrevistas se deben hacer, en todo caso, con un experto, no pueden ser confrontados directamente con sus victimarios, se deben hacer en una cámara de Gessel, con psicólogos y un familiar o representante.

Más allá del caso particular, la Corte puso de frente una dificultad que existe para investigar y juzgar delitos sexuales que, como se ve en cifras, afectan principalmente a menores.

Muchas veces la prueba que se tienen en los juicios son de referencia (la primera entrevista que les hicieron a los niños antes de iniciarse el caso penal). El problema es que la ley indica que nadie puede ser condenado solo con una prueba de referencia, lo que obliga a buscar otras pruebas como testimonios de terceros y exámenes psicológicos que demuestren cómo se afectó el comportamiento del menor, entre otras.

Fuentes de la Sala Penal de la Corte Suprema le dijeron a EL TIEMPO que esta ha sido una preocupación de ese tribunal. Por eso, le han hecho un llamado a la Fiscalía para que busque realizar pruebas directas anticipadas, y así evitar que los niños tengan que ser escuchados una y otra vez.

Eso significa que se deben crear los mecanismos para que los primeros testimonios que brinden los niños ante un perito forense (antes del proceso judicial) se practiquen de forma tal que puedan ser usados más adelante como pruebas directas en un eventual juicio, lo que requiere que en esas entrevistas el presunto victimario pueda ejercer su derecho a la contradicción.

Con esto lo que se busca es evitar que estos casos se caigan, teniendo en cuenta las altas tasas de impunidad que rondan este delito. De las 3.348 denuncias que ha recibido la Fiscalía este año, solo ha logrado esclarecer (iniciar algún tipo de acción judicial como una captura, imputación de cargos o juicio) el 4,77 por ciento, es decir, 75 casos. Y de las denuncias del año pasado, según cifras de la misma Fiscalía, solo hubo esclarecimientos en el 13,84 %.


https://www.eltiempo.com/justicia/investigacion/violencia-sexual-contra-menores-12-fallos-de-la-corte-que-evidencian-este-delito-462596

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