domingo, 1 de noviembre de 2020

La desconexión laboral se incluyó en un proyecto de ley radicado por el Ministerio de Trabajo


El titular de la cartera, Ángel Custodio Cabrera, radicó una norma para regular el trabajo en casa en la Cámara

La semana pasada el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, presentó ante la Cámara de Representantes, presidida por Germán Alcides Blanco, un proyecto de ley “por el cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras disposiciones”.

Uno de los puntos más llamativos del documento radicado es el tercer artículo, sobre los “límites en el uso de tecnologías de la información y las comunicaciones en el ejercicio del trabajo”, que establece, entre otras disposiciones, la obligatoriedad de salvaguardar las prerrogativas sociales y laborales de los trabajadores.

Adicionalmente, el cuatro artículo, sobre los criterios aplicables al trabajo en casa, tiene un acápite sobre desconexión laboral que, se lee en el proyecto, “implica que el trabajador puede abstenerse de ejecutar la prestación personal del servicio durante sus periodos de descanso. El derecho a la desconexión laboral no perturbará la debida prestación del servicio en el sector público, ni las circunstancias especiales y excepcionales que requieran el cumplimiento de tareas impostergables, en el sector privado”.

Vale la pena recordar en este punto que, como se menciona en la exposición de motivos del proyecto, un estudio del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) señala que en una encuesta realizada al sector privado, al plantearse la alternativa del trabajo en casa, de las 2.140 empresas encuestadas 1.042 manifestaron que aumentó, 837 respondieron que no hubo cambio y 281 reportaron una disminución.

Adicionalmente, el proyecto legislativo establece que los empleadores se deben comprometer a promover la formación, capacitación y desarrollo de las competencias digitales de los trabajadores, como también deben fomentar los hábitos y comportamientos saludables de los servidores, tanto en el sector público como en el privado.

Un punto importante en el proyecto es el artículo quinto sobre los “Elementos de la relación laboral en el Trabajo en Casa”, que dice: “el empleador determinará los instrumentos, la frecuencia y el modelo de la evaluación del desempeño, cumplimiento de metas, así como el mecanismo para el reporte”.

Lea el proyecto completo que radicó el Ministerio en el documento adjunto.

Documentos adjuntos

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