martes, 2 de febrero de 2021

Audiencias virtuales, menos frecuentes

Las audiencias presenciales se dejaron de realizar desde marzo del 2020.

Algunas áreas se adaptan más rápido, pero la reactivación es desigual. En lo penal hubo celeridad, pero en civil aún no despega.

La virtualidad es una herramienta que ha tocado a todos en la Rama Judicial, tanto usuarios como litigantes y empleados, sobre todo a raíz de la pandemia, pero la adaptación a esta forma de trabajo resulta desigual.

Una medida de ello son los procesos evacuados, que se mide por sentencias judiciales proferidas durante una vigencia, pero también lo son otras diligencias, como las audiencias, que representan avances en los procesos e ingresos para profesionales del derecho independientes o firmas de abogados.

Se recuerda que la actividad penal fue la más continua tras acordarse la suspensión de términos judiciales, debido a la pandemia, desde el 16 de marzo, medida que se fue prorrogando hasta el 30 de junio.

Sin embargo, varios abogados consultados por este medio advirtieron en relación con el levantamiento de la medida judicial advirtieron sobre el represamiento de procesos, más aún porque se complicaba el acceso a los juzgados.

“Hay más congestión”

Sebastián Avilés Valencia, abogado litigante, expresó que si antes se hablaba de congestión ahora es mucho mayor, porque los tiempos en resolverse los procesos son más amplios.

Recalcó que las medidas del Consejo Superior de Judicatura, acordes con la cuarentena nacional, generó un retraso en los procesos. Luego, cuando se levantó la suspensión de términos, el cúmulo de diligencias suspendidas se reprogramaron con prioridad para los existentes.

Las demandas interpuestas luego de reactivar los términos judiciales son las más estancadas, en todas las áreas, excepto en Penal. “Apenas ahora estamos arrancando”, indicó.

Felipe Romero Medellín, también abogado litigante, señala que todo depende de donde se esté mirando y así como hay algunos procesos nuevos que arrancaron bien también hay otros que sí están estancados.

En este sentido considera que depende también de la adaptación de cada despacho judicial a las formas de trabajo virtual. Por ejemplo, indicó, las formas de notificar las están manejando diferente.

Anotó que unos se ciñen a lo que dicta el Código General del Proceso en el que se exige la notificación personal, mientras que otros se adaptaron a lo que indica el Decreto 806 del 2020.

Esta norma adoptó medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos y flexibilizar la atención a los usuarios del servicio de justicia.

Romero Medellín explicó que algunas notificaciones se entienden materializadas de manera electrónica, pero algunos jueces aún exigen que sea personal.

Como ejemplo citó un caso en el que un proceso civil nuevo en un despacho ya tiene fecha de audiencia fijada para marzo, pero en otro caso, radicado en un juzgado de familia, le toca esperar hasta noviembre.

Adicional a lo anterior se ha bajado la cantidad de audiencias realizadas. Los problemas de conexión hacen que los despachos prevean desarrollar solo una por jornada. Inclusive, algunos solo programan una durante todo el día.

Diferencia con lo penal

Juan Manuel Ríos Castaño, abogado penalista, señaló que en su caso tiene audiencias programadas hasta agosto. En su especialidad lo que se debate es diferente, ya que los juzgados han procurado fijar las audiencias y se ha dado cierto grado de cumplimiento.

“El problema no es virtualidad sino la protección de derechos de los procesados en la virtualidad”, anotó. En este aspecto recordó que entre los principios que rigen el sistema de tendencia acusatoria está la inmediación.

Si bien la Corte Suprema de Justicia indicó que la virtualidad no transgrede este principio, Ríos Castaño señala que es distinto lo que considera el alto tribunal en relación con lo que se ve en el ejercicio.

Se refieren en específico al juicio oral, donde se debe tener la certeza de que al testigo nadie le está dictando respuestas durante su declaración virtual. Lo que queda es partir de la buena fe. “Añoramos volver a la presencialidad”, dijo.

El penalista Hernando Rocha Escobar resalta que las dificultades no son extremas. Los sistemas fallan a veces y las conexiones retrasan el inicio de las audiencias. “En términos generales no he tenido tropiezos mayúsculos.

Reconoció que los jueces y secretarios hacen muchos esfuerzos para establecer la conexión con las partes.

Acerca de la demora en la programación de audiencias destaca que se debe al mismo colapso por la congestión judicial. Relató que apenas hace dos semanas finalizó un proceso, que duró 10 años, entre primera y segunda instancia.

De igual manera, tiene representación en procesos que califica de no muy complejos, pero que han demorado seis y siete años en obtener una sentencia judicial.

Todo lo anterior suma a las percepciones sobre los efectos que dejó la suspensión de términos judiciales y la cuarentena, que se podrá dimensionar mejor cuando se tengan las cifras de lo realizado por los despachos judiciales de Caldas durante el 2020 confronten con los años anteriores (ver recuadro Datos de referencia).

Ese informe se encuentra en preparación, una vez los despachos judiciales cumplieran con enviar sus estadísticas. El plazo se venció el viernes.

La suspensión de términos judiciales, por la pandemia en el 2020, se inició el 16 de marzo y terminó el 30 de junio.

Datos de referencia

2018

38.644 procesos ingresaron

41.186 egresaron

23.804 tutelas

1.135 audiencias virtuales y videoconferencias

2019

43.765 procesos ingresaron

45.321 egresaron

25.682 tutelas.

1.517 audiencias virtuales y videoconferencias

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