viernes, 9 de octubre de 2020

Reconocido abogado ganó tutela contra los perfilamientos del Gobierno

Tribunal Superior de Cali ordenó a Presidencia sacar de su lista de influenciadores a Élmer Montaña.


El abogado Elmer Montaña pide respeto a sus derechos y dice que ser incluido en lista de influenciadores negativos causa temor en su familia.

La acción de tutela fue elevada por el abogado y exfiscal Élmer Montaña en defensa de sus derechos al habeas data, las libertades de expresión y de conciencia, que considera vulnerados por la Presidencia y una firma contratista.

Montaña asegura que, la inclusión en esa lista, de manera "abusiva e injustificada", ha generado temor en sus allegados. Y es un acto ilegal.

El Tribunal Superior de Cali ordena que en el término de 12 horas a partir de la notificación de sentencia, se proceda a eliminar su nombre de la lista de influenciadores, "atendiendo que la calificación 'negativo' lleva implícita datos sensibles del actor y no se contó con su autorización para el tratamiento y publicación".

Contra la presente decisión procede la impugnación. En caso de no ser recurrida, será enviada a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Al acudir a la acción de tutela, Élmer Montaña informó que a través de su cuenta de twitter (@elmermontana), emite opiniones sobre temas políticos, efectúa denuncias sobre violaciones de derechos humanos, abusos de autoridad y actos de corrupción de funcionarios públicos. 

Reseña que "la Fundación para la Libertad de Prensa-FLIP Colombia, en su cuenta deTwitter (@FLIP_org), publicó un mensaje referente a que el presidente Iván Duque ha invertido 20.000 millones de pesos en publicidad oficial en sus dos primeros años de gobierno, de los cuales el 50 por ciento de los recursos proviene del Fondo de Programas Especiales para la Paz (fondo de Paz)".

Montaña sostiene que "gran parte de la estrategia de comunicaciones de la Presidencia se ha enfocado en mejorar y posicionar la imagen de Iván Duque; estrategia que se dividió en tres ejes: primero, tener presencia positiva en medios internacionales; segundo, posicionarse en redes sociales; y, tercero, comprar contenidos favorables en medios nacionales".

El abogado Montaña invoca la tutela porque en ese propósito de posicionar la imagen en redes sociales se crea "una base de datos con influenciadores que fueron clasificados en positivos, negativos o neutros de acuerdo con su posición frente al Gobierno y la de contrarrestar noticias desfavorables para su gestión".

Montaña alega que "la inclusión de su nombre y la cuenta que maneja en la red social twitter se llevó a cabo sin su autorización, pues en ningún momento le fue informado que había sido enlistado, ni la razón por la cual se estaba solicitando su número de cédula, como tampoco cual es el propósito perseguido con la clasificación 'negativo'. Que al ser publicada esa información con su nombre, asumió que estaba siendo objeto de vigilancia por el Gobierno Nacional debido a que los comentarios que publica en su cuenta de twitter se refieren mayoritariamente a los abusos del ejecutivo y en general del Uribismo".

Montaña, quien escribe en los portales de Noticiero 90 minutos y la Nueva Prensa, asegura que la inclusión de su nombre en ese listado ha generado un gran temor en su familia y en el círculo cercano de amigos, "pues todos coinciden que se trata de una lista elaborada con protervos intereses, máxime si se tiene en cuenta la actual violencia desatada en contra de líderes sociales, defensores de derechos humanos y opositores del Gobierno desde la posesión de Iván Duque".

El abogado también alude que tiene suficientes razones para sentirse intimidado por el uso que el Gobierno pueda dar a esa información y por las consecuencias que podría acarrearle el hecho de que los listados se encuentren en manos de grupos paramilitares o escuadrones de la muerte.

El tutelante expresa que "el perfilamiento realizado por el Gobierno le ha causado una enorme zozobra, al punto de considerar la opción de guardar silencio y no volver a opinar, atendiendo el constreñimiento que se ha generado con la elaboración de la mencionada lista, pues teme ser objeto de alguna dura represalia por las opiniones realizadas contra el Gobierno Nacional". 
Respuesta de Presidencia

La abogada María Carolina Rojas Charry, apoderada del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y/o del Presidente de la República, solicita no acceder a las pretensiones de Montaña, "ante la inexistencia de vulneración de los derechos fundamentales al habeas data, libertad de expresión y deconciencia".

Explica que "la tutela no procede para contener o precaver situaciones que aún no han tenido lugar y están basadas en conjeturas y consideraciones hipotéticas que no cuentan con soporte probatorio. En primer lugar, señala que existe falta de legitimación en la causa por pasiva del Presidente de la República, como quiera que las pretensiones del actor involucran es al Departamento Administrativo de la Presidencia".

Es válido que la Presidencia de la República se interese por el nivel de comunicabilidad que tiene en la red y esto es medible a través de las interacciones digitales

Para Rojas Charry, "en la aplicación de Twitter es posible y viable hacer un estudio de como las cuentas de red interactúan de manera digital con la marca o el servicio de otro usuario; herramienta que permite conocer el entorno digital, el sentimiento frente al usuario referente al nivel de comunicabilidad y cómo interactúan otros usuarios con otro. Que para el caso concreto se elaboró un listado de personas que figuran en la aplicación Twitter mediante interacciones digitales y se usaron criterios objetivos tales como negativo, positivo o neutro para hacer referencia a ese nivel de interacción con el usuario referente, sin que se le pueda endilgar cualquier sesgo o discriminación a su elaboración estructuración".

Plantea que es válido que la Presidencia de la República se interese por el nivel de comunicabilidad que tiene en la red y esto es medible a través de las interacciones digitales que tienen con las cuentas objeto de estudio. 

La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cali, con ponencia del magistrado Orlando Echeverry, "ordena a la Presidencia de la República y la Compañía Du Brands, no incluir a Montaña en ninguna lista ni realizar perfilamientos respecto de él que contengan datos sensibles sin contar con su consentimiento debidamente informado del propósito de los mismos, de conformidad con el contenido del artículo 6 de la Ley 1581 de 2012".

La sentencia, de primera instancia, dice que "la libertad de expresión junto con la de conciencia; forman una unidad, y cuando no se le permite su pensamiento -como en este evento, a través de una red social- de forma indirecta se afecta a libertad de expresión y consecuentemente la de conciencia al limitársele que sus pensamientos sean expuestos de forma pública".

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