jueves, 8 de octubre de 2020

¿Un arrendatario puede tomar posesión del inmueble?

Le contamos mitos y verdades sobre este tema con la asesoría de un abogado experto.

En esta entrega le contamos lo que debe saber respecto a la posesión de un bien: en qué casos se puede dar, los requisitos, y algunos mitos sobre la posesión y los arrendamientos.

¿Es posible que si un arrendatario de un apartamento al completar los años y demás requisitos tome posesión del bien?

Mientras una persona pague arriendo a otra no se puede considerar poseedor a pesar de que pasen más de 10 años. Mientras se reconozca a otra persona como la encargada del mantenimiento del bien, del pago de impuestos y de velar por que el inmueble se encuentre en buenas condiciones para habitar, el arrendatario no será considerado poseedor del bien.

Para que un arrendatario sea considerado poseedor tiene que mutar el título. Jurídicamente se conoce con el nombre de interversión del título, esto es: tiene que comportarse como señor y dueño de la casa, apartamento o finca. Tiene que comenzar a pagar los impuestos, dedicarse al mantenimiento del inmueble y hacer todas las actividades sin que exista ningún tipo de reclamo por parte del propietario.

A partir de que la persona comienza a realizar actos de señor y dueño sobre el inmueble deja de ser arrendatario y se convierte (muta) en poseedor del bien. Después del tiempo previsto en la ley para la prescripción extraordinaria podrá ir donde el juez para que se declare en una sentencia que el poseedor ha adquirido la propiedad por el modo de la prescripción, siempre y cuando no haya recibido ningún reclamo judicial por parte de otra persona que tenga un mejor derecho.

¿Cuándo se pierde el derecho a la propiedad?

El derecho de propiedad se pierde cuando es voluntad del propietario terminar con este derecho: ya porque vende o regala el bien a otra persona o cuando no está interesado en su inmueble y decide abandonarlo para que otra persona ocupe o explote económicamente el bien.

El solo paso del tiempo no extingue el derecho de propiedad. En principio podemos indicar que la propiedad es un derecho perpetuo.

No obstante, cuando una persona abandona voluntariamente un bien corre el riesgo de que otra persona comience a hacer actos de señor y dueño sobre ese inmueble. El que llega a hacer actos de señor y dueño es el poseedor quien puede convertirse en dueño después de diez años, siempre que demuestre sus actividades sobre el inmueble.
En caso de que un heredero viva en un bien, tras cumplir los requisitos como vivir 10 años en el inmueble y demás, ¿puede tomar posesión?

La posesión hereditaria o posesión legal no autoriza a un heredero para que venda o regale el inmueble. Debe esperar a que se realice el proceso de sucesión por vía notarial o ante un juzgado.

Para que un heredero pueda comenzar a poseer un bien debe demostrar actos de señor y dueño: debe pagar los impuestos, debe hacer mejoras, debe velar por el mantenimiento del inmueble, todo esto sin que haya intervención de los demás herederos.

En consecuencia, si un heredero quiere excluir a los demás herederos de lo que pueda corresponderles sobre un determinado bien tendrá que hacer actos de señor y dueño; además, que los demás herederos no le hagan el reclamo por la vía judicial durante los próximos diez años.

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