Un Policía de Tránsito impone comparendos siguiendo las normas estipuladas en el Código Nacional de Tránsito y el Manual de infracciones, sin embargo, hay personas que argumentan no estar de acuerdo con los hechos por los cuales se les impone la infracción e incluso manifiestan arbitrariedad por parte de los policías.
Cuando eso sucede, como ciudadano tienes el derecho de realizar un proceso para impugnar ese comparendo.
Así es el proceso para impugnar un comparendo
Debes asistir a una audiencia pública, la cual es organizada por el ente de Tránsito correspondiente a tu ciudad, para el caso de Bogotá, es en el SuperCADE Movilidad. No debes agendar ni pedir cita telefónicamente, la diligencia es presencial.
Cuando acudas a la entidad correspondiente, los documentos que se solicitan son:
*Presentar documento de identificación
*Orden de comparendo impuesta
*Si es a través de abogado, este deberá acreditar el poder debidamente otorgado y presentar su tarjeta profesional
En esta audiencia puedes argumentar tu inconformidad soportada con pruebas y el juzgado decidirá si es válido o no.
Este trámite no tiene ningún costo y puedes impugnar el comparendo dentro de los 5 días hábiles siguientes contados a partir de la imposición del mismo.
En el caso en que se dicte un fallo a tu favor, el funcionario de la entidad de tránsito correspondiente debe inmediatamente expedir una resolución exonerando la obligación de cancelar el comparendo y por medio de la misma descargar la sanción del sistema.
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