Sostener relaciones sexuales en la vía pública es considerado, por la Policía Nacional, como un comportamiento inadecuado.
Multa por tener relaciones en via publica en Colombia
El Código Nacional de Policía y Convivencia contempla:
Artículo 33°. Comportamientos que afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas. Los siguientes comportamientos afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas y por lo tanto no deben efectuarse:
En espacio público, lugares abiertos al público, o que siendo privados trasciendan a lo público:
Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad.
No constituyen actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias que las personas, sin importar su género, color de piel, orientación sexual o identidad de género, manifiesten como expresiones de cariño, en ejercicio de su derecho al libre desarrollo de la personalidad. Según lo estipulado en la Ley 1801 de julio del 2016.
Quienes incurran en esta falta, tendrán una sanción con multa de tipo 3 , correspondiente a $468.160 (Valor vigente al 2020).
Recuerda el Peligro al volante tambien es castigado:
Los conductores que no respeten señales de tránsito o que realicen maniobras peligrosas o de alto riesgo, también serán multados con cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $91.927 pesos.
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