jueves, 23 de abril de 2020

Se presentan dificultades con expedientes, muchos no están digitalizados


Para el presidente del Consejo de Estado, Álvaro Námen Vargas, la gran reforma a la justicia es la gran descongestión de la Rama 

Ante el estado de emergencia debido a la expansión del Covid-19, la Rama Judicial se ha visto obligada a dar el gran salto a las nuevas tecnologías. En entrevista con Asuntos Legales, el presidente del Consejo de Estado, Álvaro Namén Vargas, habló sobre los retos de la digitalización en la justicia y las medidas tomadas en el marco de la pandemia. 

El Consejo Superior de la Judicatura suspendió los términos judiciales. ¿Qué servicios funcionan dentro del Consejo?
La suspensión de los términos judiciales no significa una parálisis del Consejo (...) Afortunadamente, las TIC son una herramienta muy útil porque nos permiten trabajar desde casa, incluso de manera conjunta. De esta forma, las salas de esta Corporación están sesionando de manera virtual, a través de los medios tecnológicos disponibles, como las apps que permiten realizar reuniones, el correo, las llamadas grupales, etc.


¿El resto de las dependencias funcionan de manera virtual?
Las diferentes salas, secciones y subsecciones, en solo 18 días hábiles del periodo de la cuarentena, han expedido 556 sentencias en procesos ordinarios, 728 fallos de tutela, 447 autos en todos los procesos, 17 conflictos de competencia entre autoridades administrativas y un concepto solicitado por el Gobierno, para un total de 1.749 decisiones. Es decir, en promedio, se toman 91 decisiones por día y 12 decisiones por cada hora hábil de trabajo en cuarentena. 

La producción, en manera alguna, ha disminuido, pese a las limitaciones de distinto orden que hemos tenido, entre ellas, el acceso a todos los expedientes, la falta de experticia en el manejo de medios tecnológicos, las dificultades en las conexiones, etc. 

¿Están las Altas Cortes y, en concreto, el Consejo preparado en materia tecnológica? ¿Qué retos hay en materia de digitalización?
No ha sido fácil la transición del trabajo presencial al virtual en casa. La rutina de trabajo de la Corporación, como la de la mayoría de los colombianos, ha sufrido un cambio abrupto, porque, hay que decir la verdad, no estábamos del todo preparados para afrontarla. 

Veníamos trabajando en la implementación de un plan de transformación tecnológica y digital (...) Pero, hemos tenido varias dificultades, de una parte, porque la posibilidad de realizar audiencias virtuales implica que existan desarrollos de las leyes que lo permiten en nuestras normas de funcionamiento, y de otra, nunca dimensionamos la magnitud de esta crisis, que, por su complejidad, cada día nos impone una realidad y un reto. 

Tuvimos limitaciones al principio, como, por ejemplo, la falta de experiencia en el uso de las plataformas tecnológicas y la ausencia de una buena red de conexión fuera de la sede de trabajo, aunque afortunadamente las hemos ido superando. 

¿Y en el acceso a los expedientes?
También se han presentado dificultades en el acceso a los expedientes, puesto que muchos no están digitalizados y ello implica un desplazamiento hasta la sede de trabajo, lo cual no es recomendable por razones de bioseguridad. 

Lo importante es que nos hemos dado cuenta, que sí se puede acudir a los medios virtuales para el ejercicio de la función de administrar justicia, así como de la consultiva. Es decir, la crisis produjo un cambio cultural, porque nos obligó a utilizar los medios tecnológicos disponibles y aceleró la irrupción de las TIC en el trabajo de las entidades y las empresas privadas. 

Al igual que la Corte Constitucional, el Consejo también decidió revisar los decretos de emergencia derivados del Covid-19. ¿Qué es lo que se va a estudiar desde lo contencioso administrativo?
Hemos requerido a todas las entidades del orden nacional y territorial para que envíen las medidas administrativas que dicten en el marco del estado de excepción, dentro de las 48 horas siguientes a su emisión. De no ser remitidos en ese lapso, se procederá a asumir su conocimiento de oficio. 

Entonces, ¿podría caerse la medida de cuarentena?
Si con la expedición, entre otros, de los decretos 418, 457 y 531 de 2020, relacionados con la medida de cuarentena, el Gobierno se hubiese excedido en el ejercicio de sus facultades legales, afectando con ello otros valores u objetivos de orden superior por impactar negativamente derechos humanos o libertades fundamentales, en esos casos, naturalmente la medida podría quedar sin efectos jurídicos. 

Ahora bien, es claro que una medida de confinamiento como la decretada afecta libertades individuales. No obstante, no sería suficiente tal argumento para considerarla ilegal. 

¿Cuándo se llegará al punto de que cualquier ciudadano pueda acceder desde cualquier lugar a la rama? ¿Sería clave en una situación como la actual de la Covid-19?
En diciembre de 2018, el Consejo Superior de la Judicatura, las Altas Cortes y los Ministerios de Justicia y el Derecho y el de las TIC, firmaron un Memorando de Entendimiento para optimizar la capacidad de gestión del sistema judicial, “aumentar su eficacia, eficiencia y efectividad, a través de medios tecnológicos que permitan un mejor relacionamiento y comunicación con los ciudadanos y un mejor acceso a la administración de justicia”. 

Por lo complejo del tema, el Gobierno viene tramitando un empréstito con el Banco Interamericano de Desarrollo, estimado en US$500 millones, en el que avanzamos mucho en el segundo semestre de 2019, que esperamos se haga realidad en el segundo semestre de este año, para que en octubre o noviembre pongamos a operar pilotos de expediente digital en algunos despachos. 

Sin embargo, mientras el plan se convierte en una realidad, fue necesario, en medio de esta crisis mundial de salud, buscar urgentemente alternativas tecnológicas que permitieran al Consejo de Estado y a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo cumplir con sus funciones, prevenir la propagación del Covid-19 y garantizar al mismo tiempo la salud de sus funcionarios y empleados. Sin duda, entonces, esta situación me ha planteado un nuevo reto: que la transformación digital a la que nos llevó el virus se mantenga como política de la entidad, con múltiples mejoras. 

Todo esto, nos lleva a pensar, con optimismo, que, una vez superada la grave situación, quedarán aprendizajes y destrezas, en la medida en que hemos puesto la mirada en las ventajas de utilizar las tecnologías de la información en nuestras labores y ponerlas al servicio de los ciudadanos, lo cual repercutirá en un mejor acceso a la justicia, más cercana e incluyente con las regiones y segmentos de la población colombiana que tenían dificultades para desplazarse físicamente a las sedes judiciales habituales. 

¿Qué otros retos diría que tiene el Consejo de Estado en la actualidad? ¿Necesita la Rama tener un mayor presupuesto?
La Corporación en su plan de trabajo asumió varios retos para aumentar la productividad, mediante un plan de descongestión, la consolidación de un sistema de gestión de calidad, la transformación digital de la justicia y la capacitación de servidores y realización de actividades de bienestar social en función de la gestión del cambio. Igualmente, en desarrollo de los principios de transparencia, publicidad, promoción de la participación y el control social, se ha trazado el desarrollo de varias actividades en materia de probidad y rendición de cuentas en la gestión, para que se conozcan los resultados de su actividad y se den a conocer las decisiones en tiempo real, en un contexto de justicia abierta y acceso a la información, que permita fortalecer nuestra legitimidad ante la sociedad y estrechar los lazos de confianza de los ciudadanos y esta institución de justicia. 

Además, para un mayor acceso a la administración de justicia en lo contencioso administrativo, buscamos que este año se amplíe la cobertura con juzgados administrativos en diferentes regiones del país donde no existe presencia de nuestra jurisdicción, y perseguimos que se apruebe el proyecto de ley presentado al Congreso, conjuntamente con el Gobierno Nacional, para modificar algunos aspectos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Cpaca), con el propósito de fortalecer la función de unificación de jurisprudencia del Consejo de Estado, distribuir adecuadamente las competencias con los tribunales y jueces, y agilizar el proceso contencioso administrativo. 

No obstante, debemos ser sinceros. La cuarentena y la medida de aislamiento impactan estos planes del Consejo de Estado y de la JCA. Pero, considero que, dadas las políticas de gobierno y de buenas prácticas que hemos adoptado, el impacto no será tan fuerte. Incluso, una vez se restablezca la situación de emergencia, estamos preparados para tomar medidas adicionales que nos permitan cumplir en tiempos razonables con estos planes pendientes. 

¿Se debe invertir más en la Justicia?
Sí, la situación extraordinaria que se presenta demuestra que se debe invertir más en la justicia y en su infraestructura. El presupuesto de la Rama Judicial es, aproximadamente, en 97 % de funcionamiento y solo en 3 % de inversión, lo cual es muy poco para lo que necesita la justicia. 

Necesitamos urgente invertir recursos en una transformación digital para llegar el expediente electrónico y el juicio en línea, con el fin de que los ciudadanos tengan una herramienta mucho más expedita de acceso a la administración de justicia y los jueces mejores herramientas de trabajo. El Estado debe hacer un esfuerzo mayúsculo de inversión que se sale de la pauta habitual de los incrementos vegetativos para la justicia, y ello solo será posible si hay suficiente voluntad política. 

La Corte Suprema de Justicia anunció que sus 22 magistrados donarán el sueldo de un mes para dotar de materiales de seguridad biomédicos al personal de salud. ¿Podría seguir el Consejo de Estado esta iniciativa?
Si bien es deber del Estado garantizar las condiciones apropiadas para cumplir con la cuarentena a los grupos vulnerables, como los habitantes de calle, trabajadores informales, población carcelaria, las mujeres y niñas víctimas de violencia doméstica y los profesionales de la salud, somos conscientes en la Corporación de que es necesaria la solidaridad en estos momentos. 

La iniciativa de donación de parte del salario para apoyar una causa humanitaria fue presentada a los colegas, quienes han manifestado su disposición, previo conocimiento de la destinación de los recursos, para lo cual estamos explorando las diferentes alternativas de ayuda y las organizaciones que las puedan canalizar en forma seria, eficiente y responsable. Adicionalmente, es importante precisar que debido al reciente decreto que establece el impuesto solidario, 20% de nuestros salarios será destinado a conjurar la crisis. 

Hace unas semanas, la ministra Cabello socializó el borrador de la reforma a la justicia con las Altas Cortes. ¿Qué le parece positivo y qué cambiaría?
A comienzos de este año tuvimos una entrevista con la Ministra en la cual nos expuso los lineamientos del proyecto de reforma a la justicia, con la finalidad de que nosotros hiciéramos las opiniones y críticas que consideráramos necesarias. 

Lo primero que debe plantearse es que la reforma a la justicia debe apuntar a mejorar las condiciones de acceso, eficiencia y eficacia. Esto no comporta únicamente el derecho de todos de acudir a la jurisdicción en condiciones de igualdad, sino también su efectiva materialización, mediante decisiones justas, de fondo y oportunas, que resuelvan las controversias que se presenten en sociedad. Sin embargo, venimos de un contexto de insatisfacción ciudadana en varios ámbitos de la sociedad, y en la justicia el reclamo más crítico hace referencia a la lentitud en el trámite de los procesos y en la resolución de los asuntos, lo cual obedece a una compleja problemática y a la insuficiencia de la oferta institucional. 

La demanda de justicia desde 1991 ha crecido en 264 %, mientras el aparato jurisdiccional no ha crecido ni siquiera en 38 %. Esta desigualdad hace que el número de procesos que ingresan tengan un índice de evacuación inferior al que se requiere y se genere así la denominada congestión judicial, lo cual no permite que podamos ejercer nuestra función con la celeridad, la oportunidad y la prontitud que se requieren. Colombia está lejos de cumplir el estándar internacional de número de jueces frente a la población. 

Según la Ocde, los países deben tener 65 jueces por cada 100.000 habitantes y el nuestro apenas alcanza a 11 jueces por esa población. Es claro entonces que tal déficit causa muchos de los problemas que aquejan a la justicia, pues no solo ha crecido el número de conflictos sino también se ha agravado su complejidad. 

Nos parece entonces que la gran reforma a la justicia es la gran descongestión de la Rama Judicial, en el que exista un plan, unas herramientas y unos recursos técnicos suficientes para los jueces. Para esto, es fundamental para la Rama Judicial contar con un presupuesto que sea sostenible y que exista certeza de, al menos, contar con lo mínimo, con lo cual se pueda trabajar año a año, de acuerdo con una planeación y eficiente ejecución que haga el órgano de gobierno y administración (en este momento, el Consejo Superior de la Judicatura). 

Hemos insistido en que exista una disposición constitucional que asigne al Poder Judicial un porcentaje cierto del presupuesto nacional para atender adecuadamente este servicio que se ha considerado como esencial, porque así podremos hacer una planeación a largo plazo, con metas y proyectos concretos. Sin recursos no hay autonomía. Solo así se viabilizará la solución definitiva de males endémicos tales como la congestión de los despachos judiciales y el precario acceso de los ciudadanos al servicio de justicia. 

Así mismo, una reflexión profunda sobre la aplicación de los principios de buen gobierno en la Administración de Justicia y sobre la ética judicial no debe ser indiferente a los propósitos de una reforma a la justicia, en tanto se traduciría en normas y reglas que propendan por la probidad y la transparencia en la gestión, ángulo al que no se le ha brindado la atención que amerita. Los casos de magistrados que han cometido actos ilegales provocaron un grave daño a la credibilidad de la justicia y lesionaron su majestad. Es entonces un reto mayúsculo recuperar la confianza de los usuarios de la justicia y sancionar de forma celera y justa a los responsables, pues su deber ante la sociedad es mayor que el de cualquier ciudadano. El cargo debe asumirse con la responsabilidad y la ética propia de ser las caras visibles de la administración de justicia y de todos aquellos jueces que de manera honesta ejercen su labor. 

En esta línea de pensamiento, nos preocupa que la reforma a la justicia se entienda como una sola modificación de la Constitución. La reforma a la justicia no debe ser entendida como una reforma constitucional y totalmente radical, sino que sea multinivel: pueden hacerse cambios a la Constitución, a la ley estatutaria de administración de justicia o las leyes ordinarias para mejorar el acceso a la justicia, acabar con la congestión, mejorar la selección de los jueces y sus condiciones de trabajo, todo esto acompañado de una transformación digital, programas de gestión de cambio y de los recursos necesarios para financiarlos, de manera que se dé una verdadera transformación de la justicia, moderna, rápida y eficiente, que cumpla con las expectativas de los ciudadanos de hoy. 

Ahora bien, el borrador del proyecto de reforma constitucional que nos envió la ministra abarca varios aspectos relativos al gobierno y la administración de la Rama Judicial, la forma de vinculación, los períodos y requisitos de los magistrados, el precedente judicial y el presupuesto. También, toca aspectos que apuntan a la descongestión, pero, a nuestro juicio, en forma inadecuada, por cuanto propone que se les otorguen atribuciones judiciales a autoridades administrativas, desjudicialización de asuntos y facultades jurisdiccionales a notarios, centros de arbitraje y centros de conciliación, lo cual no compartimos, pues consideramos que debe preservarse la competencia de la Rama Judicial sobre materias que le son propias. Creemos que, en vez de trasladar competencias a autoridades que no están instituidas para esos efectos, deben crearse más cargos de jueces que atiendan la carga razonable de trabajo que demanda la justicia del país, con plena cobertura territorial y acceso para toda la ciudadanía. 

De otra parte, es conocido que la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales, en especial las proferidas por las Altas Cortes, ha dado origen a una alta inseguridad jurídica, que se traduce a su vez en la falta de certeza sobre el momento en el cual se termina verdaderamente un pleito. Es por ello que se considera necesario establecer en la Constitución unas reglas que proporcionen claridad y seguridad jurídica en esta materia, así como una precisa definición de límites para que no se invadan otras jurisdicciones ni su especialidad. 

¿Cómo va el fallo sobre el futuro del fracking?
La Sección Tercera del Consejo de Estado conoce del proceso de nulidad del Decreto n.º 3004 de 2013, “por el cual se establecen criterios y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”, y de la Resolución n.º 90341 de 2014, “por medio de la cual se establecen requerimientos técnicos y procedimientos para la exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales”, expedidos por el Ministerio de Minas y Energía, y que autorizan el procedimiento del fracking en el país. 

Según se registra en el software de gestión, el año pasado se practicaron todas las pruebas y la última es un dictamen pericial producido por 9 expertos de distintas disciplinas de la Universidad Nacional, el cual fue entregado en febrero de este año. Solo falta la audiencia de presentación y contradicción del dictamen, la cual fue reprogramada para el próximo 20 de mayo. Inicialmente estaba fijada para el próximo 22 de abril, pero, por las razones ya conocidas, tuvo que reprogramarse. Lo ideal es que sea presencial, pero en caso de que no se pueda se hará de forma virtual, con los medios tecnológicos más adecuados, en lo cual se está trabajando. La actuación procesal siguiente es la audiencia de alegatos de conclusión y, por último, el fallo. 

Si bien el proceso lo adelanta una subsección de la Sección Tercera, la decisión la tomará la Sala Plena de la Sección, por la importancia jurídica y trascendencia económica y social que reviste, y esperamos que esto suceda en este primer semestre. El proceso desde un principio fue declarado como de “alto impacto” y por ello se le ha otorgado prioridad, dada su importancia para el país.


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