Desde el primero de julio se levanta suspensión de términos en procesos judiciales.
El levantamiento de la suspensión de términos en procesos significa que volverán a correr los plazos normales de los casos.
Aunque desde el próximo primero de julio se levantaran los términos en procesos judiciales en el país, el Consejo Superior de la Judicatura determinó que los juzgados seguirán sin atención presencial de público.
La decisión se adoptó en una sala extraordinaria de la Judicatura este fin de semana, que por las especiales condiciones de bioseguridad que enfrenta el país y la extensión de la cuarentena hasta el 15 de julio, por cuenta de la pandemia de coronavirus, consideró que la atención de usuarios debe seguir siendo virtual.
El levantamiento de la suspensión de términos en procesos significa que volverán a correr los plazos normales de los casos.
Sin embargo, la Judicatura determinó dos excepciones a esta suspensión: en la Corte Constitucional solo se levantarán los términos desde el 30 de julio para las demandas de inconstitucionalidad y la revisión de tutelas. Y en segundo lugar, debido a la delicada situación de bioseguridad en Amazonas, que ha llevado al Gobierno a adoptar medidas especiales, los juzgados de Leticia y Puerto Nariño seguirán con términos suspendidos -con algunas excepciones- y su atención será virtual.
Diana Remolina, presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, indicó: "las condiciones actuales de salubridad en el país nos exigen tomar medidas para restringir la presencia en las sedes judiciales para proteger a los servidores y a los usuarios de la justicia".
Añadió entonces que como regla general no habrá atención presencial, y esta será a través de los canales virtuales -correos electrónicos y teléfonos- que cada consejo seccional de la Judicatura ha dispuesto.
Las condiciones actuales de salubridad en el país nos exigen tomar medidas para restringir la presencia en las sedes judiciales para proteger a los servidores y a los usuarios de la justicia
Así, en la página web de la Judicatura pueden consultarse esos medios a través de los cuales se podrá radicar demandas, tutelas y ‘habeas corpus’. Las personas también podrán pedir citas y solicitar información por esos medios.
Solo en casos excepcionales, en los que se requiera hacer diligencias presenciales en un proceso, se aceptará el ingreso de público a sedes judiciales, pero las personas deberán tener un permiso específico del despacho o servidor judicial que los autoriza a estar en un lugar en horarios determinados.
Por demás, los servidores judiciales continuarán trabajando desde casa, de preferencial; si se requiere que vayan a las sedes podrán hacerlo pero sin superar el límite de máximo el 20 % del total de empleados de la sede al tiempo.
Las demás disposiciones de esta decisión del Consejo Superior de la Judicatura podrán consultarse en su página web.
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