Uno de los desafíos es que los países de América Latina logren, por consenso, un reglamento general que proteja esta información.
Una gran mayoría de países está adoptando estándares internacionales para la protección y uso de los datos personales.
La era digital ha traído consigo retos, pero también muchas oportunidades. El uso de los datos personales ha dado la oportunidad de generar nuevas formas de negocio que hace 20 años eran impensables, lo que ha sido un motor importante en temas de innovación.
Así lo considera Carolina Pardo, socia del área de práctica Competencia y Antimonopolio de Baker McKenzie, para quien la utilización de esos datos en enormes volúmenes lo cual solo es posible con la revolución digital– también trae consigo “tentaciones” relacionadas con su manejo.
“Con tanta información, es posible hacer perfilamientos e, incluso, tomar decisiones sobre los seres humanos que, en muchos casos, pueden ser acertados, pero cuando estas determinaciones generan mayores costos a una persona por simples preconcepciones basadas en esos perfilamientos, las normas de protección de datos deben buscar el balance entre la innovación y los derechos de las personas”, explica.
Al respecto, Henry León Galindo, docente de la Especialización en Seguridad de Redes Telemáticas de la Universidad El Bosque y director jurídico de Aciem, señala que uno de los grandes retos es la regulación del tratamiento y uso de los datos generados por las aplicaciones para teléfonos móviles que han dispuesto los gobiernos ante la actual pandemia, dado que el uso de datos como la geolocalización e información de la salud pueden entrar en choque con el Artículo 15 constitucional, que indica que en la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución, entre ellas la intimidad personal y familiar.
Reglamento general
León agrega que, posterior al escándalo de Cambridge Analytica y Facebook, un desafío es el de fijar mecanismos jurídicos eficaces para limitar la explotación de los datos personales y su protección global.
“Un reto pendiente, y que conlleva un trabajo internacional, es que los países de América Latina logren por consenso un reglamento general de protección de datos común, tal y como existe en la Unión Europea, lo cual redundaría en beneficio de sus habitantes”, precisa León.
En lo que respecta a oportunidades, el docente de la Universidad El Bosque menciona que la importancia que se les está dando a los datos personales y la valoración que los ciudadanos hacen de su información, ha generado una apertura del campo laboral para ingenieros en áreas de seguridad de redes e informática, así como a profesionales del Derecho expertos en esta materia.
Para él, gracias a la Ley 1581 de 2012, a los innumerables fallos de tutela que protegen la información de las personas y a las sanciones impuestas por la Superintendencia de Industria y Comercio por violación al régimen de protección de datos personales, han surgido nuevas áreas de capacitación para los profesionales encargados del manejo de datos en empresas e instituciones públicas y privadas.
“La evolución mundial en esta materia ha logrado que diferentes países estén adoptando estándares internacionales para la protección y uso de los datos personales, lo cual generará un intercambio de conocimientos y aplicación práctica”, afirma el docente.
Cuidado al revelar su información
De otra parte, en lo que tiene que ver con las medidas que hoy se deben adoptar para fortalecer la seguridad de esos datos en medio de una virtualidad casi que obligatoria, Pardo asegura que, aunque el trabajo desde la casa genera sensaciones de privacidad, las personas no deben olvidar que muchos de los servicios gratuitos requieren, para sostenerse, vender las tendencias y los comportamientos a empresas que buscan la venta de sus bienes y servicios. Este modelo, dice, se conoce como “mercados de dos lados”, una esta estructura que es legítima siempre que el usuario sepa cuáles son los usos que se les van a dar sus datos personales.
“Si el usuario sabe que, a cambio de un servicio, sus datos van a ser usados por el prestador para ciertas finalidades y autoriza su uso, hay un negocio legítimo. Por eso, al usar las herramientas tecnológicas, las personas deben saber cuáles son las condiciones bajo las cuales dichas herramientas le son accesibles, cuáles son las medidas de seguridad y no asumir que todas las herramientas tienen los mismos niveles de seguridad y de privacidad”, recalca esta experta.
En ese sentido, León sostiene que el uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones nos ha convertido en una especie de “ciudadanos globales”, aspecto que deberá generar, por parte de las entidades competentes,
la adopción de medidas preventivas y amplias campañas de divulgación sobre la autorización que se otorga para la utilización de los datos personales, de tal manera que cada persona comprenda la importancia de su información.
“Hemos incorporado el Internet como herramienta de vida, para el trabajo, el estudio y la diversión, por ello las autoridades deben mantener y reforzar las políticas públicas para prevenir los riesgos del uso e intercambio de la información que comparten los niños por este medio”, enfatiza este vocero de la Universidad El Bosque.
Efectos positivos
No obstante, el buen manejo de esta información también puede traer efectos positivos en la transformación productiva. Henry León indica que uno de los resultados del aislamiento preventivo ha sido el crecimiento del comercio electrónico y la migración de servicios físicos a virtuales y que, por tal razón, los comerciantes deberán proteger los datos personales de sus usuarios como garantía de relaciones comerciales que minimicen incidentes digitales y eviten la vulneración de derechos, lo cual también les permitirá implementar campañas de mercadeo en un ámbito de autorización legal.
“La facilitación del comercio electrónico nace de la confianza mutua. Por ello, para una verdadera transformación productiva, es necesario que los comerciantes implementen mecanismos que generen seguridad y eviten la suplantación de identidad en los procesos de compra, de tal manera que se dé aplicación a los principios de legalidad, finalidad, libertad, veracidad y calidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad, consagrados en el Artículo 4 de la Ley 1581 de 2012”, subraya el docente.
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